Medidas de readaptación

Las siguientes medidas están previstas para mejorar la capacidad de ganancia a largo plazo y, de manera significativa para las personas beneficiarias de una pensión de invalidez. Tiene como objetivo que las personas puedan seguir ejerciendo una actividad laboral o cumplir con sus tareas habituales, asimismo beneficiarse del apoyo del SI mediante varias medidas de readaptación.

Le rogamos contactar con nuestra oficina para determinar si puede seguir beneficiándose de las prestaciones y ayudas mencionadas a continuación tras su cambio de domicilio al extranjero.


Ayudas médicas

El SI se hace cargo de todas las prestaciones médicas necesarias para el tratamiento de enfermedades congénitas reconocidas hasta la edad de 20 años. El  reembolso de los gastos está basado sobre las tarifas de la seguridad social del país de residencia pero, no pueden exceder el precio de coste que tendría esa misma prestación en Suiza.

Los hijos domiciliados en el extranjero cuyos padres trabajan en Suiza (p.ej. trabajadores fronterizos) no están, en principio, cubiertos  por las cotizaciones de sus padres.  Si se encuentra en esta situación, no dude en solicitarnos información sobre las disposiciones legales en vigor.


Medidas de orden profesional

La readaptación profesional incluye varias prestaciones tales como la orientación profesional, la participación en los gastos de formación o reclasificación. Cuando se trata de una formación profesional inicial, el SI asume los gastos suplementarios ocasionados por la invalidez.

El Seguro de Invalidez abona una indemnización diaria a las personas sometidas a las medidas citadas anteriormente. Dichas indemnizaciones  están destinadas a garantizar la subsistencia de los asegurados y sus familiares durante el periodo de readaptación.

Las personas que viven en zonas fronterizas y, que tuvieron que cesar su actividad profesional tras un accidente o una enfermedad, deberán presentarse en la oficina SI del cantón donde ejercieron su actividad profesional.

En la mayoría de los casos, no se cumplen las condiciones para poder seguir beneficiándose de las medidas profesionales una vez el domicilio trasladado en el extranjero. Para más información al respecto, rogamos contactar con nosotros.


Productos de apoyo

La persona asegurada inválida puede tener acceso a los productos de apoyo que necesite para poder seguir ejerciendo su actividad laboral o cumplir con sus tareas habituales (por ej. las tareas del hogar). Asimismo, tienen como finalidad desarrollar y fomentar al máximo la autonomía de la persona en su vida cotidiana.

La cobertura del seguro para los productos de apoyo finaliza, en la mayoría de los casos, con el traslado del asegurado al extranjero. Los productos de apoyo prestados deben ser devueltos en uno de los depósitos previstos del SI  o pueden ser comprados por el valor restante. En el caso de que una persona pueda beneficiarse de un producto de apoyo en el extranjero, este deberá ser restituido, lo más tardar, cuando se le reconozca una prestación del Seguro de Vejez y Supervivientes (SVS) anticipada o, al cumplir la edad de la jubilación (64 para las mujeres o 65 para los hombres).

Antes de trasladarse al extranjero, rogamos contactar con nosotros para informarse.  

Modificada por última vez 28.12.2022

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