Pensión capitalizada

Esta página proporciona las informaciones necesarias acerca de las pensiones capitalizadas del SVS/SI. Dichas pensiones se otorgan únicamente a los nacionales de un país cuyo convenio prevé este tipo de prestación.

Los países con convenio con Suiza que prevén el pago único (pensión capitalizada) son los siguientes:

Albania, Australia, Brasil, Chile, Israel, Japón, Estados-Unidos, Macedonia del Norte, Montenegro, Filipinas, San Marino, Serbia, Túnez, Türkiye, Uruguay, Bosnia Herzegovina, Kosovo.

  • Puede optar a un pago único, si su pensión es inferior al 10% de la pensión completa.

  • Puede elegir entre la pensión y el pago único, si su pensión se sitúa entre el 10% y el 20% de la pensión completa.

  • No puede elegir y no puede obtener la pensión capitalizada, si la pensión sobrepasa el 20% de la pensión completa.

Excepciones :

Si Usted es nacional de las Filipinas, tiene la posibilidad de elegir entre la pensión y el pago único si su pensión alcanza el 20%, pero no sobrepasa el 30% de la pensión completa.

Si Usted es nacional de San Marino, tiene la posibilidad de elegir entre la pensión y el pago único si su pensión de vejez alcanza el 15%, pero no sobrepasa el 20% de la pensión completa o si su renta de sobreviviente alcanza el 10%, pero no sobrepasa el 20% de la pensión completa. No se otorgan pagos únicos para las pensiones de invalidez.

Modificada por última vez 27.09.2023

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