Derecho al pago de una pensión del SVS fuera de Suiza

Usted vive en Suiza, es beneficiario de una prestación del SVS, de un subsidio para inválidos o de una pensión complementaria  y desea vivir en otro país.

¿Tiene Usted siempre derecho a su prestación ?


Soy beneficiario de una prestación del SVS  

Si Usted es ciudadano de un país con el cual Suiza no ha firmado un convenio de Seguridad Social :

  • Pierde el derecho a la prestación.

En principio, Usted tiene derecho al reembolso de sus cotizaciones pero las pensiones ya abonadas serán deducidas del importe reembolsado. Para toda pregunta en relación con el reembolso de las cotizaciones, les rogamos tomar contacto con la Caja suiza de compensación CSC en Ginebra.

Excepción para los beneficiarios de una pensión de supervivientes : si Usted es ciudadano de un país con el cual Suiza no ha firmado un convenio de Seguridad Social pero la persona fallecida era de nacionalidad suiza o de un país con el cual Suiza ha firmado un convenio de Seguridad Social, Usted tiene derecho al pago de su prestación en el extranjero.

Si Usted es ciudadano Suizo, de un país de la UE, de la AELC o de un país con el cual Suiza ha firmado un convenio de Seguridad Social :

  • Tiene siempre derecho al pago de su prestación.

Usted tiene que informar de su salida la Caja de compensación cantonal o profesional que le abona su prestación. Dicha Caja va a trasmitir su expediente a la Caja suiza de compensación CSC en Ginebra que proseguirá con el pago de su pensión. El beneficiario de una prestación SVS escoge libremente su dirección de pago (en Suiza o en el extranjero).

Las prestaciones SVS a favor de los beneficiarios domiciliados en el extranjero se pagan generalmente en la moneda del país de su dirección de pago.

Excepción:

  • Los ciudadanos israelís pueden pretender a una prestación SVS-SI sólo si viven en Israel o en Suiza. El convenio exige que estén domiciliados en uno de los dos Estados

Soy beneficiario un subsidio para inválidos

Usted recibe un subsidio para inválidos o una contribución a sus gastos para medios auxiliares (aparatos acústicos, sillón de ruedas, etc..) :

Usted pierde el derecho a estas prestaciones si se domicilia en el extranjero. En efecto, dichas prestaciones se otorgan únicamente a las personas que tienen su domicilio en Suiza.


Soy beneficiario una pensión complementaria

Usted recibe una pensión del SVS y se queda en Suiza pero su cónyuge y/o su hijo reciben una pensión complementaria del SVS y salen definitivamente de Suiza.

  • Si tienen la nacionalidad de un país con el cual Suiza no ha firmado un convenio de Seguridad Social, su cónyuge y/o su hijo pierden el derecho a la pensión complementaria.
     
  • Si el cónyuge y/o el hijo son de nacionalidad Suiza, de un país de la UE o de la AELC o de un país con el cual Suiza ha firmado un convenio de Seguridad Social, su cónyuge y/o su hijo tienen siempre derecho a la pensión complementaria.

Usted tiene que informar de la salida del cónyuge o del hijo a la Caja de compensación cantonal o profesional en Suiza que abona la prestación. Dicha Caja tramitará su expediente a la Caja suiza de compensación CSC en Ginebra que proseguirá con el pago de todas las pensiones, compreso la suya, aunque se quede en Suiza. El beneficiario de una prestación SVS escoge libremente su dirección de pago (en Suiza o en el extranjero). Las prestaciones SVS a favor de los beneficiarios domiciliados en el extranjero se pagan generalmente en la moneda del país de su dirección de pago.


Soy beneficiario de una prestación complementaria a una pensión del SVS o del SI

Usted pierde el derecho a esta prestación si se domicilia en el extranjero. En efecto, dicha prestación se otorga únicamente a las personas que tienen su domicilio en Suiza.

Modificada por última vez 29.12.2022

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